Este Manual busca responder algunas de las preguntas más importantes de los mandantes de la OIT respecto del Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169)1. El documento fue elaborado en estrecha colaboración con la Oficina de Actividades para los Empleadores (ACT/EMP) y con la Oficina de Actividades para los Trabajadores (ACTRAV) para facilitar a los mandantes de la
OIT una herramienta práctica con el objetivo de comprender mejor la importancia, el alcance y las implicaciones del Convenio y para fomentar esfuerzos conjuntos para su aplicación.
El Convenio núm. 169 es un convenio único. Adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) en la 76° reunión, en 1989, en cooperación con el sistema de las Naciones Unidas, el Convenio representa el consenso alcanzado por los mandantes tripartitos de la OIT. Los pueblos indígenas y tribales se encuentran entre los grupos vulnerables que más importan a la OIT en el ejercicio de su misión para la promoción de la justicia social, los derechos humanos y laborales reconocidos a nivel internacional y el trabajo decente.